Estimado(a) cliente,
El presente es para recordarle que, según la RS N° 000117-2022/Sunat, a partir del 1 de enero de 2023, las facturas y/o notas electrónicas deberán enviarse a la Sunat o al OSE, en un período no mayor a 2 días calendario, contados desde la fecha de emisión del comprobante.
Esto quiere decir que solo hasta el 31 de diciembre de 2022, podrá enviarlas en un período no mayor a 4 días calendario, contados desde el día de emisión.
Recuerde que si no cumple con el plazo de envío, sus facturas o notas electrónicas no tendrán validez.
Ante lo mencionado, esperamos que tomen en cuenta las medidas correspondientes para evitar inconvenientes. Agradecemos su comprensión.